Epa Colombia deberá continuar en prisión tras decisión de la Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia reveló las razones por las que negó la tutela de casa por cárcel a Epa Colombia.

Daneidy Barrera Rojas, mejor conocida en redes sociales como Epa Colombia, fue detenida el pasado 30 de enero de 2025, luego de que la Corte Suprema de Justicia ratificara su condena a 63 meses y 15 días de prisión por varios delitos, siendo el más grave el de instigación al terrorismo. Ahora, tras varios días de que el abogado de la influencer interpusiera una tutela solicitando el beneficio de casa por cárcel, se conoció que esta fue negada. Te contamos por qué.
¿Cómo ha sido la vida de Epa Colombia en la cárcel El buen pastor de Bogotá?
Según información brindada por Epa Colombia los medios de comunicación durante su estadía en la cárcel El Buen Pastor ha perdido aproximadamente siete kilos, además de padecer depresión a causa del encierro y no poder compartir una de las etapas más importantes de crecimiento de su pequeña hija Daphne Samara.
A raíz de esto último, Francisco Bernate, abogado de la influenciadora interpuso una tutela para que esta pudiera concederle la prisión domiciliaria. El profesional argumentó que Epa Colombia era madre cabeza de hogar y que por tanto estaba a cargo de su hija y su familia.
Tras varios días analizando los argumentos desarrollados en la tutela, la Corte Suprema de Justicia decidió negarla por varias razones.
¿Cuáles fueron las razones por las que la Corte Suprema de Justicia rechazó la tutela en la que solicitaban casa por cárcel para Epa Colombia?
Las razones por las que la Corte Suprema de Justicia negó la tutela de Epa Colombia estuvo principalmente ligado a que la influenciadora aceptó todos los cargos por instigación al terrorismo, daño en bien ajeno agravado y perturbación en el servicio de transporte público, siendo el primer el más grave y que debe ser pagado en la cárcel.
"Los fines terroristas de la instigación a delinquir se analizan prevalentemente desde la probabilidad de que sea efectiva la estimulación a cometer de ese tipo de actividades al margen de la ley, a partir de las calidades del instigador, el contenido de los mensajes difundidos y la idoneidad de los medios utilizados para que tales pretensiones lleguen a los destinatarios", explicó la Corte Suprema de Justicia.
Adicional, argumentaron que no se está afectando al entorno familiar de Epa Colombia ya que las reclusas tienen permitido vivir con sus hijos dentro del centro penitenciario, así lo afirma el Código Penitenciario y Carcelario.
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